La campaña de la Declaración de la Renta 2022-2023 está muy cerca de comenzar. El calendario de la Renta 2023 no da tregua y el próximo 11 de abril se abrirá el plazo para empezar a presentar los primeros borradores en una convocatoria que se alargará hasta el 30 de junio.
Una nueva campaña en la que hay que tener en cuenta, a parte de los plazos estimados, una serie de novedades que exigen realizar la declaración de forma correcta. Es el caso de los tramos del IRPF cuyos rendimientos para el trabajo van cambiando de un año para otro.
¿Cómo son los nuevos tramos para las rentas del trabajo? (2023)
La principal novedad hace referencia al nuevo sistema de cotizaciones a la Seguridad Social. Desde este año la cuota de los autónomos se calcula partiendo de los ingresos reales y no de la base que él decida.
El nuevo sistema de cotizaciones establece los siguientes 15 tramos:
- Ingresos inferiores a 670 euros: 230 euros
- Entre 670 y 900: 260 euros
- Entre 900 y 1.166,70: 275 euros
- Entre 1.166,70 y 1.300: 291 euros
- Entre 1.300 y 1.500: 294 euros
- Entre 1.500 y 1.700: 294 euros
- Entre 1.700 y 1.850: 310 euros
- Entre 1.850 y 2.030: 315 euros
- Entre 2.030 y 2.330: 320 euros
- Entre 2.330 y 2.760: 330 euros
- Entre 2.760 y 3.190: 350 euros
- Entre 3.190 y 3.620: 370 euros
- Entre 3.620 y 4.050: 390 euros
- Entre 4.050 y 6.000: 420 euros
- Más de 6.000: 500 euros
La Seguridad Social ha puesto en funcionamiento un simulador que facilita el cálculo.
Para poder realizarlo hay que partir de los rendimientos netos, que serían los ingresos menos los gastos deducible y aplicarle una deducción por gastos genéricos del 7%.
Otra de las novedades tiene que ver con los gastos de difícil justificación: Pasa del 5% al 7% el porcentaje de gastos de difícil justificación para los autónomos en estimación directa simplificada. Se pretende con ello reducir el impacto que supone tener que cotizar por los ingresos reales.
Además los trabajadores por cuenta propia con al menos dos hijos y que presenten declaración conjunta con su pareja, el mínimo de tributación sube hasta los 19.000 euros.
Por otro lado los autónomos en situación de pluriactividad y con rentas del trabajo superiores a 15.000 euros: pasan a estar exentos del pago del IRPF.
No es la única novedad a tener en cuenta para este ejercicio contributivo: